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(1566?)—Memoria de lo que se embio a pedir a su magestad de merced franquezas e libertades por los capitanes conquistadores oficiales que al presente en esta jornada e nuevo descubrimiento le sirven en las yslas felipinas governador miguel lopez de legaspi.

Piden: 1.ª Que se envíen religiosos por no quedar más que tres y no bastar para los españoles cuanto más para la conversión de los indios. Los Padres llamábanse Fr. Diego de Herrera, Fr. Martín de Herrada y Fr. Pedro de Gamboa.—2.ª Gente y armas, por si los naturales no quisieran convertirse de buen grado obligarles á ello.—3.ª Merced á Legazpi por los gastos que ha hecho y por los méritos de su persona.—4.ª Confirmación á todos los de la Armada en los oficios que en nombre de S. M. les confirió el Virrey D. Luis de Velasco.—5.ª Declarar á todos los de la Armada y á sus descendientes libres de pechos y alcabalas, y por cien años en las mercaderías que llevasen á las nuevas tierras que descubriesen.—6.ª Piden repartimientos á perpetuidad y facultad para trocarlos en las personas que quisiesen.—7.ª Que así en España como en Nueva España se sustente á sus mujeres é hijos en tanto que se verifican los repartimientos, y en caso de muerte del expedicionario sea continuado el sustento de aquéllos.—8.ª Que se reparta la tierra entre ellos.—9.ª Que solamente los conquistadores puedan contratar en aquellas tierras, salvo la contratación real.—10.ª Que los mahometanos sean esclavos y pierdan las haciendas que se les tomaren.—11.ª Perpetuidad en los oficios á los oficiales reales, y un heredero de que les hizo merced D. Luis de Velasco, y que no obstante dichos oficios tengan derecho á repartimientos.—12.ª Otrosí, aumentarles el salario hasta tres mil ducados de Castilla de buena moneda de á trescientos setenta y cinco maravedís.—Otrosí, autorización para comprar esclavos de los que en la tierra se vendiesen. Piden los quintos del oro y plata que se sacare por espacio de cincuenta años. Que se les repartan los indios en encomiendas.

1. Primeramente que su magestad mande proveer de rreligiosos y clerigos quales convengan para la predicacion del santo evangelio e conversion de los naturales destas partes atento a que los que aca quedan no son mas de tres fray diego de herrera e fray martin de herrada e fray pedro de gamboa que aun no pueden acudir solo a la necesidad y doctrina de los españoles sin otro y pues ay tantas tierras e provincias donde se pueden emplear en sembrar el santo evangelio e conversion de los naturales destas partes y ser negocio de tan gran servicio a dios nuestro señor e a su magestad de meter la rreligion cristiana en estas gentes quanta necesidad tienen.

2. Iten que su magestad mande proveer de gente y armas e municiones en cantidad de quinientos o seis cientos hombres que vengan apercevidos bien de armas todos y que para los que aca quedan se provea con vrevedad armas por quanto hasta oy lo que emos bisto de la gente de los naturales toda ella viciosa e de malos costumbres e si no quisiesen por los rrespetos de arriba significados del santo evangelio rreduzirse al verdadero conocimiento de nuestra santa fee catolica con el favor del divino y como cosa tocante a la honrra de dios vengan al dominio a fuerça de armas que sin ninguna duda se entiende sera necesario.

3. Iten que por quanto miguel lopez de legaspi governador e capitan xeneral desta armada e yslas del poniente es tal persona que a servido e sirve con la fee e fidelidad que en el siempre se ofrece atento a los grandes gastos que en el viage a hecho le deve su magestad de hazer la merced que en su persona cave atento a los grandes meritos suyos.

4. Iten que todas las personas que an servido a su magestad en este viage e nuevo descubrimiento piden e suplican a su magestad les haga merced de confirmar y perpetuar los oficios que don luis de velasco visorrey e capitan general por su magestad en la nueva españa les hizo merced en nombre de su magestad por quanto an servido e sirven en el dicho viage e nuevo descubrimiento como leales vasallos de su magestad padesciendo muchos trabajos e inquietudes y nescesidades grandes que pasan.

5. Iten piden e suplican a su magestad les aga merced a todas las personas que en este dicho nuevo descubrimiento e conquista le sirven de hacellos libres de pecho y alcavalas a ellos y a sus descendientes agora e para siempre xamas ansi mismo que en esto de las tierras que fueren descubiertas por el xeneral miguel lopez de legaspi por tiempo de cien años gozen de la misma preminencia en las mercaderias que en ellas se trataren.

6. Otro si piden e suplican a su magestad todos los dichos conquistadores e nuevos descubridores se les haga merced de los rrepartimientos que ubiere en la tierra y se les diere en todo lo que descubrieren sean perpetuos y que los puedan trocar y rrenunciar en la persona o personas que les paresciere los tales rrepartimientos.

7. Otro si piden e suplican a su magestad les haga merced y mande proveer que se les de de comer de su rreal hazienda ansi en españa como en la nueva españa a las personas mugeres e hijos de los que en su rreal servicio en esta conquista quedan hasta en tanto que la tierra se les rreparta y tengan con que las poder sustentar atento a que las dexaron pobres e gastaron sus haziendas por benirle á servir en este viaxe e que si caso fuese que la tal persona biniese a fallescer en su rreal servicio le de de comer a su muger e hijos de la tal persona atento a que muere en su rreal servicio.

8. Otro si piden que su magestad les haga merced de rrepartir la tierra y combiene que para la perpetuacion della se den por que de otra suerte no se podra sustentar.

9. Otro si piden e suplican a su magestad y piden de merced que ningun mercader pueda tratar en estas partes fuera de la contratacion rreal si no fueren los dichos conquistadores atento a que es preminencia que su magestad concede a los tales descubridores y conquistadores y a ellos se les deve hazer.

10. Otro si piden e suplican a su magestad por quanto en estos rreynos e señorios suyos tratan moros y llevan el oro que en estas yslas ay y los demas frutos como es cera canela y otras cosas que hasta agora no se an alcançado a entender y por quanto estorban y procuran estorbar la contratacion de los naturales con nosotros y les predican la seta bahometanga[35] e no da lugar a que en ella se cultive el santo evangelio que los tales moros sean esclavos e pierdan las haziendas que se les tomaren atento a que hacen los daños arriba significados y ser en perjuicio de la santa fee catolica y aumento de la rreal corona y esto conviene que su magestad provea.

11. Otro si que su magestad les haga merced e pedimos e suplicamos que a los oficiales de la rreal hacienda thesorero contador factor e veedor de perpetuarles los oficios e de un heredero que en su rreal nombre les hizo merced don luis de velasco visorrey de la nueva españa por su magestad que en gloria sea y les haga merced de rrepartimientos no embargante los oficios atento a que en ellos y en todo lo que se ofreciere en estas partes ansi de guerras e defensas e otros negocios que se les ofrecen poniendo en gran rriesgo sus vidas e personas en su rreal servicio atento a esto y a que an gastado sus patrimonios para servirle en este viage y en todos los sus rreynos.

12. Otro si pedimos e suplicamos a su magestad les haga merced de acrecentarles el salario a cumplimiento de tres mill ducados de castilla de buena moneda de a treszientos y setenta e cinco maravedis atento a la carestia grande que ay en la tierra en las cosas nescesarias para su sustento.

Lo que este campo agora de nuevo juntamente con lo de arriba embia a pedir a su magestad les haga merced es lo siguiente:

1. primeramente piden e suplican les se haga merced a los dichos conquistadores e descubridores que puedan comprar e compren esclavos los que en la tierra se vendieren para que puedan servirse de ellos segun e como se sirven los prencipales e naturales destas partes ansi en minas como en otras qualesquier cosas que se ofrezan.

2. otro si piden e suplican a su magestad les haga merced de los quintos por tiempo y espacio de cinquenta años de todo el oro y plata que se sacare en estas partes e rreinos como en tierra nuevamente convertida y haze vuestra magestad a los tales descubridores e conquistadores la tal merced.

3. conviene que vuestra magestad sea servido de mandar se rrepartan los indios que en este arcipielago fueren conquistados atento a que ellos no tienen señor ni rreconoscen señorio alguno e para la quietud e pacificacion dellos conviene al servicio de dios nuestro señor y de vuestra magestad se provean y encomiende a los tales conquistadores e nuevos descubridores e ansi lo piden e suplican a vuestra magestad.

martin de goiti=guido de labezari=Andres de mirandaola=Andres cauchela=luis de la haya=gabriel de rribera=juan maldonado de berrocal=joan de la ysla=fernando rriquel escribano de governacion=Hay sus rubricas correspondientes.

PETICIÓN DE MIGUEL LÓPEZ DE LEGAZPI SOBRE LAS ISLAS DEL PONIENTE.

Pide: Que se pueblen y pongan bajo el dominio de la Corona real.—Que vayan religiosos y sacerdotes de buena vida y ejemplo.—Que salgan de las islas todos los moros sin permitirles casarse ni tener asiento en ellas, por ser contrarios á la contratación de españoles con indios y estorbo para la conversión de los indígenas.—Que se le confirme en el cargo de gobernador y general que á nombre de S. M. recibió de D. Luis de Velasco por todos los días de su vida y para los de su heredero.—Que se le consignen en la Real Hacienda de Nueva España los 4.000 ducados que el Virrey le había prometido en nombre de S. M. cuando se descubriese el viaje de vuelta, por haber hecho la jornada á su costa sin socorro ni ayuda y haber gastado mucha parte de su hacienda.—Item, que se le haga merced, para sí y dos herederos, de las tenencias de las fortalezas que en aquellas partes se hiciesen, conforme á lo prometido por el Virrey, comenzando por la de Zebú, con el salario que S. M. fuere servido.—Item, del alguacilazgo mayor de todo lo que él descubriere y se poblare durante su vida y para sus herederos.—Item, de dos islas de las de los Ladrones con el título de Adelantado, con tal que las conquiste y pueble á su costa, por las razones que expresa.—Item, á su nieto Felipe de Salcedo merced del hábito de Santiago por los servicios distinguidos que ha prestado y enumera.—Por último, que se haga toda la merced posible al maese de campo Mateo del Saz.

Sacra Cesarea Real Magestad=miguel lopez de legaspi vuestro governador y capitan general en las yslas del poniente suplica a vuestra magestad sea servido mandar ver la rrelacion y despachos que embia del suceso de la jornada y descubrimiento que en vuestro rreal nombre se le encargo y mando que hiziese a las partes del poniente y conforme a ella proveer y mandar lo que mas su rreal servicio sea.

Suplica a vuestra magestad que las dichas yslas se conquisten y pueblen y pongan debaxo del dominio de vuestra rreal corona por que haziendose ansi se podra plantar y predicar la ley evangelica y hacer muy gran fruto en su combersion y podran dar el tributo y rreconocimiento que fuere justo en oro pues lo ay en todas ellas y en otras cosas que tienen de su labrança e criança y en lo espiritual y temporal se hara muy gran fruto y no se conquistando no se puede hazer lo uno ni lo otro por ser como es la gente y naturales de ellas bariables yncostantes y de poca verdad y que no tienen ni ay entre ellos principes ni señores poderosos que los goviernan y tengan en rrazon y por via de contratacion no ay medio para sacar de su poder el oro que ellos tienen y por otras muchas causas conbiene lo en este capitulo contenido y darles orden de bibir y policia que conozcan y tengan justicia la qual ellos no saben que es a lo menos usan della poco o nada.

Iten que vuestra magestad sea servido de proveer y mandar que bengan rreligiosos y sacerdotes de buena vida y exemplo que entiendan en esta biña del señor en la combersion destos naturales que son muchos y que los que binieren procuren aprender la lengua desta tierra por que con esto podran hazer muy gran fruto.

Iten por quanto entre estas yslas biben y rresiden algunos moros estrangeros so color de ser tratantes los quales no pueden dexar de sembrar y enseñar su seta y ser muy contrarios a todo lo que de nuestra parte se trata y gran estorbo para la combersion de los naturales y que les pesa de que nosotros contratemos y tengamos asiento en esta tierra suplica a vuestra magestad sea servido mandar que todos salgan destas yslas y que no se casen ni esten de asiento en ellas por questo sera de grande importancia y efecto.

Iten que vuestra magestad sea servido de confirmarme el cargo de governador y general que don luis de velasco vuestro visorrey de nueva españa en vuestro rreal nombre me dio y nombro y que esta merced sea por todos los dias de mi bida y de mi heredero.

Iten que vuestra magestad sea servido de que por quanto al tiempo que me encargue desta jornada yo trate con el virrey don luis de velasco que descubriendose la buelta destas yslas para la nueva españa vuestra magestad me hiziese merced de darme en ella quatro mill ducados de rrenta de su rreal hazienda o en un pueblo que se me diese de rrepartimiento perpetuo y el dicho vuestro visorrey prometio que con grande ynstancia lo suplicaria a vuestra magestad como cosa justa y rrazonable se me hiziese la dicha merced atento a lo qual hize la jornada a mi costa sin que se me diese socorro ni otra ayuda de costa en que gaste mucha parte de mi hazienda y se a descubierto la buelta e yo quedo poblado en estas yslas suplico a vuestra magestad se me haga la dicha merced.

Iten por quanto ansi mesmo el dicho don luis de velasco me prometio que suplicaria a vuestra magestad me hiziese merced de la tenencia de las fortalezas que en estas partes se hiziesen suplico a vuestra magestad sea servido se me haga la dicha merced por los dias de mi bida y de dos herederos y que pueda poner en cada una de ellas una persona de confiança y por quanto al presente se esta haziendo una en esta ysla de çubu donde estoy poblado sea vuestra magestad servido que en ella comienze la dicha merced con el salario que vuestra magestad fuere servido de señalar considerando los grandes gastos y costas de aca.

Ansy mesmo el dicho vuestro visorrey don luis de velasco me prometio de suplicar a vuestra magestad me hiziese merced del alguazilazgo mayor de todo lo que yo descubriere y se poblare en estas partes suplico a vuestra magestad sea servido se me haga la dicha merced que sea para mi y para mis herederos.

Iten suplico a vuestra magestad sea servido de hazerme merced de dos yslas de los ladrones con que las conquiste y pueble a mi costa atento que son pobres y de ningun aprovechamiento y que de poblarse qual quiera dellas se haze muy gran servicio a vuestra magestad por la escala y acojimiento que en ellas ternan los navios que fueren y binieren a estas partes del poniente de mas del bien y fruto grande que rredundara en la conversion de los naturales dellas de que dios nuestro señor sera muy servido e que esta merced sea con titulo de adelantado.

Iten por quanto en esta jornada a servido a vuestra magestad felipe de salzedo mi nieto en mi compañia a su costa sin que se le diese ayuda de costa ni otro socorro ninguno y despues bolvio a descubrir la buelta por capitan del navio que embie a nueva españa y la descubrio y llevo los despachos que embie a vuestra magestad y a la rreal audiencia en todo lo qual a servido con toda fidelidad diligencia y cuidado y a de bolver aca con el socorro que se embiare de la nueva españa y servir en todo lo demas que se ofreciere suplico a vuestra magestad sea servido de hacerle merced del habito de santiago para que con mayor boluntad siempre se ocupe en servir a vuestra magestad.

Iten por quanto yo traxe en la armada por almirante capitan y maese de campo a mateo del saz que en toda la jornada a servido con gran cuidado y fidelidad y queda aca sirviendo a vuestra magestad y es persona en quien concurren las calidades que se rrequieren para semejante cargo y lo sirve muy bien suplica á vuestra magestad sea servido hacerle toda merced por que cabe en el y lo merece.

Miguel lopez=Hay una rubrica.

(A la espalda se encuentran los decretos siguientes)=quel Regidor lo traiga en madrid a xxiiii de setiembre de 1567 años=que tomada rresolucion en el negocio principal se proveera lo que convenga=En madrid a xxiiii de nobiembre de 1567 años.