Historial de Limites Territoriales Al independizarse los paises de Hispanoamerica aceptaron la propuesta de demarcacion politica del Libertador Bolivar. Esto es, mantener los antiguos limites territoriales fijados por la corona espanola tal como estaban en el ano 1810. De alli que esto se tome como base cronologica del "Uti Possidetis", (Asi como poseis, poseais); en algunos casos se opto por la libre determinacion de los pueblos, por responder a la realidad y las necesidades de sus habitantes. En lo que respeta al caso de Peru y Ecuador, la norma legal basica fue la Real Cedula del 15 de Julio de 1802, documento estructurado por don Francisco Requena; alli se establece que Quijos y Maynas se segregaban del virreinato de Nueva Granada, pasando a ser parte del territorio peruano bajo la autoridad del virrey de Lima. Y para que lo politico y el evangelio marchasen iguales en lo tocante a la organizacion religiosa el territorio del que fue obispado de Maynas igualmente fue segregado del obispado de Quito, pasando a depender del arzobispado de Lima. Muy posteriormente - a mediados del siglo XIX -, los diplomaticos ecuatorianos pretendieron que la Real Cedula de 1802, primero, no existio; luego, que no se ejecuto ni acato. Y finalmente en este siglo, paradojicamente, algun empecinado asegura que si bien se promulgo y se ejecuto no segrego territorios. La Real Cedula de 1802, podemos aseverar, con profusion de material bibliografico, si se ejecuto y se acato. Y, lo mas importante, hizo sentir sus efectos administrativos tanto en el virreinato de Nueva Granada como en el del Peru. Creemos que es suficiente citar: "La Relacion que hace el Excelentisimo Senor Marques de Aviles, Virrey que fue de estos Reinos del Peru a su Sucesor el Excelentisimo Senor don Jose Fernando de Abascal, desde el 5 de noviembre de 1801 hasta el 26 de julio de 1806, y la Relacion del Estado del Nuevo Reino de Granada, presentada por el Excelentisimo Senor Virrey don Pedro Mendinueta, a su Sucesor el Excelentisimo Senor Antonio Amar y Borbon, ano de 1803", documentos oficiales en los que ambos virreyes aceptan la nueva demarcacion politica, militar y eclesiastica de ambos virreinatos. Desde fines del XIX se publicaban las llamadas comunmente Guias de Forasteros, cuya importancia radica en precisar las jurisdicciones de cada virreinato. En ellas los Cosmografos Mayores de los virreinatos hacian la relacion minuciosa de los funcionarios politicos eclesiasticos y militares y, en las correspondientes, tanto al Peru como a Nueva Granada, encontramos conformacion de la segregacion territorial mencionada. Lamentablemente, la falta de conocimientos geograficos y de mapas de la extensa region amazonica impido hacer una demarcacion minuciosa como hubiera sido deseable, pues solo se hizo con referencias a puntos determinados, tal como los que hemos transcrito de la Real Cedula de 1802. Esa ignorancia daria ocasion a las interminables disputas de limites entre los paises latinoamericanos. Asi, cuando en 1829 se firmo en Guayaquil el Tratado de Paz entre la Gran Colombia y el Peru, se reconocieron "por limites de sus respectivos territorios los mismos que tenian antes de su independencia los antiguos virreynatos de Nueva Granada en el Peru..." Esto es, implicitamente se reconocia la Real Cedula de 1802. No obstante lo anotado, la falta de claridad daria motivo a innumeras divergencias que, finalmente terminaron con el Protocolo de Paz, Amistad y Limites, firmado en Rio de Janeiro el 29 de enero de 1942. A mayor abundamiento, citaremos una carta de Don Estanislao Vergara - Ministro de Relaciones Exteriores de la Gran Colombia, en 1829- en la que comunicaba a Don Rufino Cuervo -Jefe de la mision diplomatica neogranadina en Quito-, quien en su afan de ayudar al gobierno ecuatoriano habria pedido al ex-canciller gran colombiano informacion favorable al Ecuador en su disputa con el Peru. Vergara, desde Bogota (3 de mayo de 1842), textualmente le dice : "muy desfavorables son para Ecuador las noticias que tengo que dar acerca de Maynas. Se lo disputamos a los peruanos en tiempo de la Gran Colombia, prevaliendonos de su ignorancia de lo que habia pasado desde el ano de 1802 en adelante, mas no porque directamente se tuviera algun derecho a ese territorio. -------------------------------------------------------------------------- El Protocolo de Rio de Janeiro registro de manera tan precisa la realidad humana y el estado posesorio de las partes, que ningun peruano ni ecuatoriano tuvo que cambiar de nacionalidad. -------------------------------------------------------------------------- Se consiguio en fin lo que se deseaba, que era agregarlo al Ecuador por medio del Tratado de Guayaquil, y es a e1 unicamente que el gobierno de ese pais debe atenerse, exigiendo el cumplimiento de lo convenido en el, sin renovar cuestiones sobre la antigua posesion en tiempo del gobierno espanol, en que necesariamente debe perder". "Maynas pertenecio al virreinato de la Nueva Granada hasta el ano de 1802, pero entonces, por cedula de 15 de julio, se segrego de el y se agrego al del Peru. Asi lo dice en su Relacion de Mandoe el Virrey don Pedro Mendinueta (...) quiere usted una cosa mas terminante y explicita de que al tiempo de la revolucion (de la Independencia), Maynas no era de este Virreinato y, por consiguiente, ni de la Presidencia de Quito? Asi es que si el gobierno del Ecuador quiere llevar la gestion adelante por el Uti Possidetis de los virreinatos, su causa es perdida". Como el Peru siempre ha creido que la unica paz posible debe ser justa, no obstante tener solidos titulos que le vienen desde la epoca virreinal, no necesito de la violencia para reconocer que el poblamiento pacifico que hicieron los ecuatorianos en buena parte del territorio de Quijos -la parte largamente mas rica de los territorios disputados- era una realidad fehaciente y un acuerdo conveniente al Ecuador, y acepto lo que se conoce como la linea del status quo de 1936, que, finalmente, con ligeras variantes se convirtio en la frontera acordada en el Protocolo de Rio de Janeiro. Asi lo testimonia don Julio Tobar Donoso, el canciller ecuatoriano en 1942. El Protocolo de Rio de Janeiro registro de manera tan precisa la realidad humana y el estado posesorio de las partes, que ningun peruano ni ecuatoriano tuvo que cambiar de nacionalidad. Por eso es tan lamentable la obstinacion de sucesivos gobiernos ecuatorianos en no culminar los trabajos demarcatorios fronterizos, que en su conjunto no llegan a los 80. km lineales. Felix Denegri Luna Presidente Academia Peruana de Historia .